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Ayudas Plan Adapta 2020 Madrid

Ayudas plan Adapta 2020Hasta el próximo 29 de agosto se pueden solicitar las ayudas del Plan Adapta 2020. Dotado con 3 millones de euros, estas ayudas están destinadas para mejorar el interior de las viviendas de personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial.

El colectivo de las personas con discapacidad es el que más dificultades presenta a la hora de desenvolverse en su propia vivienda. Bien sea por las barreras arquitectónicas propias de la casa (escaleras, puertas pequeñas…) o bien por la falta de accesibilidad de los elementos, hacen que, para muchas personas con discapacidad no sea una experiencia agradable vivir en su propio hogar.

Con un presupuesto máximo de 25.000 euros por solicitante, las ayudas del Plan Adapta 2020 intentan paliar estos defectos. Los objetivos de este plan son la eliminación de barreras arquitectónicas, la mejora de la autonomía dentro de la vivienda, una mayor facilidad en la movilidad interior y un aumento de la seguridad en el entorno doméstico.

El plan está dirigido a residentes en la capital con una discapacidad igual o superior al 33 % que incluya grado de movilidad reducida positivo y a residentes con discapacidad visual igual o superior al 65 %.
Si el/la solicitante cumple con los anteriores baremos de discapacidad, el Plan Adapta 2020 abonará el 100% de los 1000 primeros euros del presupuesto y el 70% restante del coste de la obra.

Requisitos para acceder al Plan Adapta 2020

  • Tener reconocido y en vigor un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que incluya el grado de movilidad reducida positivo (Baremo de Movilidad Reducida) o que la discapacidad sea de carácter sensorial.
  • En los supuestos de discapacidad sensorial, la discapacidad tendrá que ser igual o superior al 65%.
  • Estar empadronados en la vivienda del municipio de Madrid para la que se solicita la subvención así como residir de manera habitual y permanente en la misma, desde una fecha igual o superior a un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de la ayuda.
  • En aquellos casos que hubiera más de una persona con discapacidad en la vivienda objeto de la subvención, se podrá aceptar más de una solicitud siempre que las actuaciones solicitadas en la vivienda no fueran coincidentes.

Acciones subvencionables

  • Adaptación del cuarto de baño, incluyendo el cambio de bañera a ducha, instalación de asientos de ducha abatible, adecuación de los sanitarios, elementos de seguridad fijos y grifería, a las necesidades de las personas solicitantes.
  • Adaptación de la cocina, incluyendo la modificación de la altura de mostrador de cocina, instalación de módulos adaptados extraíbles con zócalo accesible, instalación de módulos regulables en altura y supresión de módulos inferiores para la interacción autónoma en sillas de ruedas.
  • Adecuación de puertas o pasillos para permitir el paso con productos de apoyo para movilidad reducida.
    4. Modificación de paredes divisorias para mejorar la accesibilidad de los espacios.
  • Instalación/adaptación de elementos de mejora de la accesibilidad como grúas de techo, plataformas, etc…, para el desplazamiento autónomo dentro del hogar.
  • Instalación/adaptación de barras, pasamanos, salva escaleras, rampas interiores y otros elementos de ayuda para la movilidad.
  • Adecuación de pavimentos para limitar riesgo de resbalamiento, prevención de caídas y facilitar el desplazamiento a personas con limitaciones de movilidad.
  • Instalación de domótica, sistemas de control de entorno y tecnologías del hogar digital que contribuyan justificadamente a favorecer la autonomía personal de personas con discapacidad.
  • Colocación de sistemas de bucles de inducción magnética en las distintas estancias de la vivienda.
  • Instalación de sistemas de aviso y señalización en la vivienda, visuales, sonoros, táctiles o por vibración, según corresponda con la capacidad funcional de la persona.
  • Instalación/adaptación de la ubicación de los enchufes, pulsadores, sistemas de iluminación, así como el cambio de altura/ubicación de porteros electrónicos o videoporteros.
  • Obras auxiliares que sean precisas realizar como consecuencia exclusivamente de la actuación subvencionada, tales como pintura, carpintería, albañilería entre otras, siempre que se realicen en las mismas condiciones que estaban en su origen.
  • Cualquier otro que contribuya a la mejora de la accesibilidad o supresión de barreras arquitectónicas, favorezcan a la autonomía en otras situaciones de discapacidad dentro del hogar y tengan el informe favorable de los técnicos municipales, a excepción de aquellos dispositivos referidos en el artículo 9.2.5 de la convocatoria.

La solicitud de subvención, junto con los anexos que procedan y la documentación exigida, se dirigirá a la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, que podrá presentarse a elección de las personas físicas por cualquiera de las siguientes formas previstas:

  • Electrónicamente, accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento. En este caso deberá utilizar alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid

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